Aeropuerto Madrid-Barajas
Derechos del pasajero de avión
Todo pasajero de avión tiene una serie de derechos cuando su vuelo tiene como mínimo salida, llegada y /o tránsito en un aeropuerto español, según dispone el Reglamento Europeo nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.
En consecuencia, cuando dichos derechos son vulnerados, el pasajero tiene derecho a una reclamación que puede conllevar una compensación, ya sea económica o de otra índole. Por otro lado, si el pasajero manifiesta una disconformidad con cualquiera de los servicios prestados por cualquiera de las entidades relacionadas con su vuelo pero que no tiene derecho a reclamación, tiene derecho a presentar una queja o una sugerencia.
Supuestos con derecho a reclamación
Estos son los supuestos con derecho a reclamación más usuales y normalmente dirigidos a compañías aéreas, aeropuertos o entidades relacionadas con su viaje como agencias de viaje, mayoristas, etc. Para que las reclamaciones en base a estos supuestos sean aceptadas se tienen que cumplir ciertas condiciones, es decir, usted tiene que haber cumplido con sus obligaciones como pasajero especificadas para cada caso y los derechos del pasajero tienen que haber sido vulnerados sin justificación, ya que se pueden producir situaciones aquí descritas que se desarrollen legalmente -como por ejemplo fuerza mayor-, no dando en ese caso lugar a reclamaciones.
- Retrasos o cancelación debido a huelgas de aerolíneas (reclamable hasta 3 años atrás)
- Información inexistente, confusa, neutral, o denegación de la misma.
- Denegación de embarque por overbooking, retrasos o cancelación de vuelo.
- No facilitar el derecho a reclamación.
- Incidencias con el billete, su emisión o cambio de clase.
- Retrasos en salida o llegada del vuelo.
- Falta de asistencia en retrasos en la salida.
- Pérdida de vuelo o pérdida de conexión de vuelo.
- Daños en el equipaje o pérdida del mismo.
- Discriminación a pasajeros con discapacidad o movilidad reducida.
- Falta de seguridad en el aeropuerto o a bordo de las aeronaves.
- Deficiencias en el servicio prestado en el aeropuerto o en las aeronaves.
- Accidentes y/o lesiones.
- …otros supuestos.
Si sus vacaciones se han visto perjudicadas, reclame sus derechos y obtenga una compensación económica por su vuelo cancelado o retrasado.
Procedimiento para las reclamaciones
Antes de abandonar el aeropuerto o la zona donde se ha producido la incidencia, infórmese primero de cómo funciona el proceso de reclamación que va a realizar (medio o canal, plazo, aporte de pruebas, etc.), por que algunas reclamaciones hay que gestionarlas In Situ, mientras que otras pueden ser realizadas en un plazo razonable por correo ordinario o internet.
Existen hojas de reclamaciones en los mostradores de las líneas aéreas, en los puntos de información del aeropuerto, en las tiendas y puntos de restauración del aeropuerto, si bien también puede descargarse el impreso por internet cuando no sea necesario presentar la reclamación In Situ.
Sea minucioso detallando los acontecimientos y guarde toda la documentación al respecto, aunque no le parezca útil, ya que tras presentar la reclamación, si usted no recibe respuesta en el plazo que le indicaron o no queda satisfecho con la conclusión de la misma, podrá
- interponer recurso ante los Tribunales de Justicia,
- contactar con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (caso de reclamación a compañía aérea),
- o bien utilizar servicios especializados de reclamación y obtener una compensación económica por el vuelo cancelado o retrasado.
Le interesa también:
Puede ampliar esta información (detalle de cada supuesto, compensaciones, normativa, direcciones y teléfonos, etc.) en la web de aeropuertosenred.com, en las secciones dedicadas a los Derechos del Pasajero .
Debido a la constante evolución de las normativas y las legislaciones, la información que aquí se expone pudiera no ser totalmente exacta, incompleta o desactualizada, por lo que es responsabilidad del interesado poner todos los medios a su disposición para cotejar dicha información.